REGLA 37. Señales de peligro

Cuando un buque esté en peligro y requiera ayuda, utilizará o exhibirá las señales descritas en el Anexo IV de este Reglamento.


Repaso de contenidos

Reglas de rumbo y gobierno

Reglas de luces y marcas

Reglas de señales acústicas y avisos

Definiciones generales.