Reglamento internacional para prevenir los abordajes

El presente Reglamento se aplicará a todos los buques en alta mar y en todas las aguas que tengan comunicación con ella y sean navegables por los buques de navegación maritima.

ATENCIÓN: Ninguna disposición del presente Reglamento eximirá a un buque, o a su propietario, al Capitán o a la dotación del mismo, de las consecuencias de cualquier negligencia en el cumplimiento de este Reglamento o de negligencias en observar cualquier precaución que pudiera exigir la práctica normal del marino o las circunstancias especiales del caso.

A los efectos de este Reglamento, se establecen las siguentes definiciones

El reglamento se estructura en las siguientes partes:

Las atribuciones que corresponden al curso de Marinero Pescador y Patrón Costero Polivalente, se referencian en los siguientes enlaces:

Marinero Pescador

Patrón Costero Polivalente


Notificación de incidencias

Las incidencias que ocurran en el sistema durante el curso, se comunicarán a la dirección email que se indica:

jose.gomez.sanchez@juntadeandalucia.es


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